¿Te cambiaron tu vuelo sin avisar?… Profeco obliga a líneas aéreas a informar sobre demoras y afectaciones en los vuelos

Establece la Profeco que las líneas aéreas están obligadas a informar sobre demoras y afectaciones en los vuelos.

Lo cual deben hacer de manera clara, oportuna y completa.

Para la instancia gubernamental, las aerolíneas están obligadas a proporcionar información a los pasajeros, relativas a retrasos o cancelaciones. Lo anterior para que conozcan sus opciones y puedan tomar alternativas en caso de requerirse.

Informó la Profeco que las causas o razones de retraso o demora del vuelo, deben ser informadas por las aerolíneas por medios físicos, en el área de abordaje y en los módulos de atención al pasajero.

Aún más, en caso de que la demora sea atribuible a la aerolínea, esta debe compensar al pasajero.

Las formas de compensación son de la siguiente manera:

  • Retrasos mayores a una hora y menores a cuatro horas, las empresas deberán proporcionar como mínimo descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y/o alimentos o bebidas.
  • Demora del vuelo mayor a 2 horas, pero menor a cuatro horas, se debe dar un descuento que no sea menor al 7.5% del precio del boleto.
  • Si el vuelo se retrasa por más de cuatro horas o se cancela, el pasajero tiene la opción de elegir entre varias opciones: el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
  • También pueden solicitar un viaje sustituto en el primer vuelo disponible, alojamiento y transporte terrestre desde y hacia al aeropuerto. Así como un viaje en fecha posterior al mismo destino.
Cambios de itinerarios

La Profeco señaló que en el caso de los cambios de itinerario, la aerolínea los debe informar con al menos 24 horas de anticipación a la salida del vuelo. Deberá hacerlo de manera rápida y expedita, en caso de que se produzcan cambios en el itinerario o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar el servicio contratado, a través de llamadas telefónicas, correos, mensajes de textos o cualquier otro medio electrónico.

“Si el cambio se produce dentro de las 24 horas previas a la salida programada, la aerolínea debe informar al pasajero tan pronto tenga certeza de que ese cambio es inevitable”, señaló.

En el mismo tema, informó la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)  que a partir del 26 de marzo el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) mostrará en las pantallas de vuelos los horarios oficiales asignados por el administrador aeroportuario. Es decir que ya no se mostrarán los horarios itinerarios que comercializan las aerolíneas.

Lo anterior con el propósito de que los pasajeros estén bien informados.

También se busca agilizar y mejorar la puntualidad de las operaciones.

Fuente: Agencias